Desde el 11 de julio de 2021 existen una serie de novedades legales conocidas como «Ley Antifraude» que buscan luchar contra el fraude y la doble contabilidad y y cuyo efecto se aplica de manera destacada al software de contabilidad, facturación y gestión de cada empresa. El objetivo es poner cerco al llamado software de doble uso, que permite llevar una contabilidad paralela a la oficial. Sin embargo, todavía se está a la espera de la publicación de la normativa que regule estos supuestos en detalle y que establezca las condiciones que debe cumplir tu software para estar certificado y evitar ser sancionado. Sage y Advantys se encuentran a la espera de estos detalles para poder adaptar definitivamente las soluciones Sage a la certificación necesaria.
Principales novedades de la Ley Antifraude
Las principales novedades que introduce la nueva Ley Antifraude afectan, principalmente, a los softwares ERP y de facturación, aunque hay otros puntos también importantes que merece la pena destacar:
- Los softwares de facturación deberán de impedir la modificación y destrucción de sus registros. El objetivo es evitar que se oculte la facturación.
- Los softwares de facturación deberán estar certificados, según condiciones pendientes de publicar.
- Se limitan los pagos en efectivo a 1.000 euros (Anteriormente, el límite estaba en 2.500 euros).
- Las personas que actúen en nombre y por cuenta del importador serán responsables subsidiarios del pago del IVA.
- Se realiza una reforma de cierto calado de la Ley General Tributaria. Entre otros aspectos, afecta a sanciones, recargos, intereses de demora y software antifraude.
- Se introducen reformas en leyes de diferentes impuestos, en especial en materia de valoración de operaciones.
Cuándo es aplicable
Si bien la ley antifraude establece que disponer de los softwares adaptados será obligatorio a partir del 11 de octubre de 2021, se debe esperar a la publicación de reglamento que establezca los requisitos específicos que deberán cumplir los programas, para que este sistema pueda empezar a considerarse de obligado cumplimiento para las empresas y autónomos, así como para los desarrolladores.
De este modo, las sanciones llegarán una vez se concreten las normas, que aún no se han publicado: Aviso sobre la entrada en vigor de los artículos 29.2.j) y 201.bis de la Ley General Tributaria. Pendiente de desarrollo reglamentario – Agencia Tributaria.
Las sanciones de la ley antifraude a productores y comercializadores
En el momento de la publicación del reglamento, constituirán infracción grave y acarrearán una sanción de 50.000 euros:
- La mera tenencia de un sistema o programa que no esté certificado. No hace falta siquiera que lo hayamos utilizado.
- Alterar o modificar un dispositivo que sí haya sido certificado.
Aunque están pendientes de desarrollo los detalles, las circunstancias que permitirían sancionar a un productor, fabricante o comercializador nos dan muchas pistas sobre qué condiciones deberá cumplir tu software empresarial:
- Permitir llevar contabilidades distintas que dificulten el conocimiento de la verdadera situación del obligado tributario.
- Permitir no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas. Igualmente, tampoco deben permitir que se reflejen transacciones distintas a las anotaciones realizadas.
- Permitir alterar transacciones ya registradas.
- Incumplir las especificaciones técnicas pendientes de desarrollo.
- No estar certificado el programa o sistema.
El papel de Advantys ante la Ley Antifraude
En Advantys somos Master Partner de Sage, certificado de mayor cualificación que otorga Sage, y por lo tanto trabajamos mano a mano con Sage para ofrecer la mejor experiencia a nuestros clientes, incluyendo la adaptación del software que ofrecemos a todas las novedades legales que surjan.
Como en anteriores cambios legales, Sage está en permanente contacto con la Administración Pública para certificar sus productos conforme a los requisitos que se establezcan en esta nueva normativa.
Desde Advantys estamos preparados para acompañarte en tu proceso de adaptación, con información, soluciones y servicios debidamente acreditados para garantizar el cumplimiento del nuevo reglamento. Ya tenemos experiencia junto a Sage en cambios legales muy similares a éste, tanto internacionalmente (ejemplo de SAFT en Portugal) como en los territorios forales del País Vasco con TicketBAi y Batuz que avalan nuestro compromiso y el de Sage.
No te preocupes, estamos cerca de tí
Te iremos informando del proceso de adaptación de las soluciones de Sage, a medida que se concrete el reglamento y los requisitos de certificación.
Si necesitas más información, descárgate un pequeño folleto con las preguntas y respuestas (FAQs) más frecuentes relacionadas con la ley antifraude 11/2021.
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