Cómo afecta la Ley Antifraude o contra el Fraude Fiscal a los intereses de demora

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Ley antifraude

La nueva Ley Antifraude, que entró en vigor en julio de 2021, ha modificado varios aspectos de la Ley General Tributaria. Entre otros, el que se refiere a los intereses de demora.

  • Obtener indebidamente devoluciones de algún tributo se considera una infracción tributaria que puede generar intereses de demora, recargos y sanciones.
  • La Ley Antifraude o contra el Fraude Fiscal introduce una novedad en el caso en que se regularice de forma voluntaria la situación tributaria. Conócela al detalle en este artículo.

La nueva Ley Antifraude ha modificado el artículo 26 de la Ley General Tributaria  (LGT) estableciendo que: si un obligado tributario ha obtenido una devolución improcedente, Hacienda le puede exigir intereses de demora, tal y como ha ocurrido hasta ahora, salvo que regularice su situación tributaria de forma voluntaria, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 27 de la LGT en relación a la presentación de declaraciones extemporáneas sin requerimiento previo.

A continuación, vemos qué son los intereses de demora, cómo se calculan y qué significa la nueva regulación.

¿Qué son los intereses de demora?

Los intereses de demora son una cantidad de dinero que se paga cuando hay un retraso en el pago de una deuda. En el caso de la Agencia Tributaria, si te retrasas en el pago del Impuesto sobre Sociedades, del IRPF o de otro impuesto, te podrán cobrar un recargo por cada día que pase desde la fecha límite de pago.

También puede ocurrir lo contrario. Es decir, que Hacienda se retrase en la devolución de un dinero por un determinado impuesto. Por ejemplo, Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre del año en que se presenta la declaración de la renta para hacer la devolución que corresponda. Si supera esa fecha, tendrá que pagar intereses de demora.

Los intereses de demora se generan cuando se produce un retraso en el pago de un impuesto o cuando se presenta tarde la autoliquidación y el resultado es apagar.

El artículo 26.1 de la LGT define el interés de demora de la siguiente forma:

  1. El interés de demora es una prestación accesoria que se exigirá a los obligados tributarios y a los sujetos infractores como consecuencia de la realización de un pago fuera de plazo o de la presentación de una autoliquidación o declaración de la que resulte una cantidad a ingresar una vez finalizado el plazo establecido al efecto en la normativa tributaria, del cobro de una devolución improcedente o en el resto de casos previstos en la normativa tributaria.

¿Cómo se calculan los intereses de demora?

Los intereses de demora se calculan en base al importe no ingresado en el plazo establecido o en relación a la cuantía de la devolución cobrada de forma improcedente. El interés de demora se extenderá durante todo el plazo de retraso del pago.

El interés de demora se obtiene aplicando al interés de legal del dinero vigente un 25%.

Casos en los que se aplican los intereses de demora

Los casos en que se aplican los intereses de demora son los siguientes:

  • Pagar una deuda o una sanción fuera de plazo.
  • Presentar una autoliquidación o declaración con resultado a ingresar fuera de plazo.
  • Cobrar una devolución improcedente.
  • Suspender la ejecución de un acto, salvo los recursos y reclamaciones contra sanciones.
  • Iniciar el periodo ejecutivo.

En el caso de la Agencia Tributaria solo paga intereses de demora si se retrasa en la realización de una devolución.

¿Cuál es la novedad que introduce la Ley Antifraude o contra el Fraude Fiscal?

La novedad que regula la nueva Ley Antifraude o contra el Fraude fiscal consiste en que, por ejemplo, si recibes una devolución por el Impuesto sobre Sociedades y sabes que no te corresponde, pero regularizas la situación de forma voluntaria y devuelves el importe indebidamente cobrado, no te cobrarán intereses de demora, aunque sí te podrán cobrar recargos por presentar la declaración fuera de plazo.

Si recibes una devolución indebida y regularizas voluntariamente la situación, Hacienda no te cobrará intereses de demora, pero sí te podrá cobrar recargos.

Por lo tanto, no tendrás que pagar intereses de demora, pero dependiendo del momento en el que rectifiques tu declaración podrán aplicarte recargos. El sistema de recargos también se ha modificado por la nueva ley contra el fraude fiscal, para favorecer la regularización fiscal de empresas y autónomos.

Es importante recordar que cuando se produce una infracción tributaria, suelen cometerse varias infracciones a la vez: presentación fuera de plazo, cobro de devoluciones indebidas etc.

Como consecuencia de lo anterior, es fundamental contar con la ayuda de un asesor fiscal que estudie tu caso concreto, prepare las liquidaciones y declaraciones a presentar y las presente en plazo para evitar sanciones, pago de intereses de demora o recargos.

Este artículo ha sido extraído de Sage Advice, redactado por Arantxa Álvaro, abogada especialista en le derecho inmobiliario, en 2014 decidió dedicarse a la escritura creativa y a la redacción enfocada al marketing digital.

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