No es algo muy extraño que un asesor fiscal tenga que modificar una declaración de la Renta ya presentada. En la mayoría de los casos, debido a que los clientes no han suministrado toda la información que debieran al asesor fiscal, o porque se han aventurado a presentarla por su cuenta sin contar con asesoramiento profesional.
Afortunadamente, en la mayoría de los casos tampoco hay que preocuparse demasiado. La Agencia Tributaria cada vez pone más fácil realizar modificaciones en la declaración de la Renta. Esto es gracias al programa Renta WEB, que está a disposición de los contribuyentes y colaboradores sociales de la Agencia Tributaria.
Sin embargo, las facilidades para presentar la declaración de la renta son muchas veces la causa de que haya que realizar modificaciones a posteriori por algún error u omisión ya que algunos contribuyentes que deberían llevar la declaración de la renta a confeccionar a un asesor fiscal la presentan ellos mismo.
Realizar una rectificación de la liquidación ya presentada es un trámite muy sencillo. Y más desde la campaña de 2016. Desde entonces, se pueden modificar los datos del IRPF sin tener que empezar desde cero, ni tener que presentar la declaración de nuevo, ya que cualquier modificación que introduzcamos recalculará al momento la liquidación. En función de la situación, tendremos que rectificar la antigua autoliquidación o presentar una complementaria.
¿Cuándo se puede realizar una modificación de la declaración de la Renta?
La rectificación de la declaración del IRPF podremos realizarla siempre que:
- La Administración tributaria no haya procedido a la liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.
- No hayan transcurrido cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si esta se presentó fuera de dicho plazo.
Ante cualquier duda a la hora de modificar una declaración de la Renta ya presentada es conveniente consultar con un asesor fiscal.
¿Rectificación o declaración complementaria de la Renta?
Si tras presentar la declaración de la Renta se detectan errores u omisiones en los datos declarados…
- Declaración indebida de alguna renta exenta.
- Cómputo de importes con cuantía superior a la debida.
- Olvido de alguna reducción o deducción a la que tenía derecho.
- Etc.
…es posible solicitar la rectificación de la autoliquidación.
Para modificar la declaración hay que acceder a los servicios disponibles de Renta WEB y elegir la opción de modificar declaración. Dentro de este apartado marcaremos la casilla 127 de solicitud de rectificación.
Esta solicitud se realiza para iniciar un procedimiento de rectificación de una autoliquidación del IRPF, por alguno de los siguientes motivos:
- Resultar una cantidad a devolver superior a la solicitada.
- Resulta una cantidad a ingresar menor de la declarada.
- Si necesita informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.
Por otro lado, si los errores u omisiones en declaraciones ya presentadas han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido, o a la realización de una devolución superior a la procedente, deben regularizarse mediante la presentación a través de Renta WEB de una declaración complementaria a la originalmente presentada.
Modificar la declaración de la Renta o IRPF en 5 pasos
En el caso de tener que modificar la declaración de la Renta o IRPF, hay que seguir los siguientes pasos:
1. Acceder al portal Renta 2021
Acceder al portal de la campaña de Renta 2021 de la página web de la Agencia Tributaria. También se puede acceder desde la sede electrónica, dentro del apartado de trámites electrónicos para el modelo 100.
2. Identificarse
Nos identificaremos con nuestro certificado o DNI electrónico, sistema Cl@ve PIN o con el número de referencia de este año que hayamos obtenido. Tras identificarse, hay que seleccionar el tipo de actuación: en nombre propio o como representante.
3. Comprobar el estado de nuestra declaración y elegir la opción de modificar declaración
Comprobaremos el estado en el que se encuentra la declaración. Es decir, en “Estado de la Tramitación” debe aparecernos el mensaje de “Su declaración se está tramitando” y que está grabada correctamente. Más abajo localizaremos en “Servicios Disponibles” la opción “Modificar declaración”. En el caso de haber realizado más de una presentación, la web nos dará la opción de escoger la que decidamos.
4. Rectificar la autoliquidación o realizar una declaración complementaria
En el paso siguiente, podremos escoger entre:
- Rectificar una autoliquidación: si es para que nos devuelvan lo ingresado de más o devuelto de menos.
- Realizar una declaración complementaria: si pretendemos declarar algo que suponga pagar más de lo que pagamos en su momento.
Las rectificaciones de autoliquidación se pueden realizar a través de la web o mediante escrito. La complementaria se hace online.
5. Seleccionar la casilla correspondiente y validar
Para rectificar la autoliquidación hay que marcar la casilla 127 y hacer clic en la opción “Si desea iniciar un procedimiento de rectificación…”. En la siguiente ventana y ya dentro de la modificación, procederemos a realizar los cambios y seleccionaremos la opción de “Validar” y luego “Presentar declaración”. En el caso de la declaración complementaria, el procedimiento es similar salvo que marcaremos la casilla 107.
Desde este momento, si accediésemos nuevamente a nuestro expediente podríamos visualizar la declaración presentada en primera instancia y posteriores.
Ante cualquier duda a la hora de modificar una declaración de Renta ya presentada es conveniente consultar con un asesor fiscal, sobre todo si se ha presentado con errores u omisiones y hay que realizar una modificación o declaración complementaria del IRPF.