La segunda convocatoria de ayudas a la digitalización de las empresas ya está en marcha. Y es que Red.es ya ha publicado la segunda convocatoria del Kit Digital para pymes y autónomos, la cual contará con un presupuesto inicial de 500 millones de euros para ayudar a las empresas a mejorar su competitividad y a la que se podrán adherir todas aquellas compañías que tengan entre 3 y 9 trabajadores.
En este artículo te desvelamos todos los detalles sobre la segunda convocatoria del Kit Digital. ¡Toma nota!
Quién puede beneficiarse de la segunda fase del Kit Digital
Los beneficiarios de esta nueva convocatoria son exclusivamente las pequeñas y medianas empresas, las microempresas y los autónomos cuyo domicilio fiscal esté ubicado en España y que dispongan de entre 3 y 9 trabajadores.
Así, según las bases de la convocatoria, no podrán beneficiarse de esta fase del Kit Digital:
- Las personas o empresas que sean agentes digitalizadores adheridos ni aquellos con los que contraten o subcontraten la prestación.
- Tampoco podrán adherirse los autónomos societarios, los autónomos colaboradores ni las uniones temporales de empresas.
- Los colegios profesionales, las sociedades civiles, comunidades de bienes, comunidades de propietarios o aquellos beneficiarios de alguna de las otras convocatorias del Kit Digital.
Para qué usar la segunda fase del Kit Digital
Ahora bien, ¿y para qué se puede emplear la segunda convocatoria del Kit Digital? La cuantía máxima de la ayuda por beneficiario será de 6.000 euros y que las empresas y los autónomos la pueden emplear para obtener diversas soluciones digitales para sus negocios. Cabe recordar que las ayudas del Kit Digital se pueden utilizar para mejorar la presencia del negocio en Internet. Por ejemplo, hay muchas empresas y autónomos que las aprovechan para crearse una página web, para lanzar un e-Commerce o para gestionar sus redes sociales. Es más, en esta segunda convocatoria se añaden nuevas categorías como la presencia avanzada en Internet y Marketplace.
También hay quien utiliza las ayudas para mejorar la gestión de sus clientes, contar con servicios y herramientas de oficina virtual o empezar a utilizar la inteligencia empresarial y analítica para obtener mejores resultados.
Por otro lado, cuando se busca la mejora en la gestión de los procesos, en la factura electrónica o lograr que las comunicaciones sean seguras potenciando la ciberseguridad, también se puede recurrir a las ayudas del Kit Digital.
La decisión de inversión en este amplio abanico está en tus manos.
Cómo solicitar las ayudas de la segunda fase del Kit Digital
Las ayudas se podrán solicitar a partir del próximo 2 de septiembre. Para ello tendrán que acceder a la sede electrónica de Red.es. Los interesados dispondrán de un plazo de 12 meses a contar desde el 2 de septiembre para solicitar las ayudas. Sin embargo, como ocurría con la primera convocatoria del Kit Digital, el plazo concluirá antes en el caso de que se acabe el crédito disponible para la subvención.
Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización
Hay que tener en cuenta que cuando se haya concedido la subvención, solo se tendrá derecho a cobrarla una vez que se haya justificado el uso del importe. Para ello, el beneficiario tendrá que seleccionar y contratar la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar de entre las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
A continuación, tanto el beneficiario como el Agente Digitalizador tendrán que firmar electrónicamente una propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Ambos dispondrán de seis meses para firmar el acuerdo de prestación del servicio.
Tras alcanzar un acuerdo y dejar constancia de él por escrito hay dos fases que se deben cumplir.
Validación del acuerdo
- Por un lado, se dispondrá de un plazo máximo de 3 meses para validar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. En este periodo se tendrá que instalar y desarrollar la solución por la que se haya optado y el Agente Digitalizador tendrá que emitir la factura correspondiente.
Prestación del servicio de soporte
- Por otro lado, se dispondrá de un plazo de 12 meses a raíz de la emisión de la factura para que se realice la prestación del servicio de soporte y se imparta la formación necesaria para que el beneficiario pueda obtener los conocimientos básicos para la gestión de la solución digital de ahora en adelante.
La última fase correspondería a la justificación de las ayudas. Esta justificación la presentaría el Agente Digitalizador, que deberá aportar en nombre del beneficiario todos los justificantes del gasto de cada una de las fases una vez haya finalizado la ejecución de estas. El pago de las ayudadas se realizará una vez se haya comprobado toda la documentación aportada.
Hasta la fecha, el programa Kit Digital ha recibido 68.000 solicitudes y ya se han concedido cerca de 21.000 ayudas en solo cuatro meses. Se espera que con la nueva convocatoria se aumente exponencialmente el número de autónomos y empresas que acceden a las ayudas y que consiguen digitalizar su negocio.
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