Los otros impuestos que los autónomos deben presentar en octubre aparte del IVA

Despachos
impuestos que presentar en octubre

Se acerca el final del tercer trimestre y con él se inicia uno de los momentos más agitados del año para los autónomos y para las asesorías/despachos. Desde el 1 hasta el 20 de octubre, los autónomos deberán cumplir con sus obligaciones tributarias y presentar el IVA correspondiente a julio, agosto y septiembre ante las autoridades fiscales. Sin embargo, la autoliquidación de este tributo es solo una de las responsabilidades financieras que el grupo deberá afrontar en los próximos días.

A continuación, te contamos todas las declaraciones que deberán presentar los autónomos entre el 1 y el 20 de octubre

Modelo 111: retención de facturas, tercer trimestre de 2022

Esta declaración está dirigida a aquellos trabajadores independientes o empresas que contraten los servicios de otros expertos. Deberán realizar el pago correspondiente a través del modelo 111 por las deducciones de todas las facturas que abonaron durante el tercer trimestre del año.

Estas deducciones se aplican en diversas situaciones:

  • Ganancias de empleo: salarios o liquidaciones, entre otros.
  • Ingresos de ciertas actividades comerciales: labores profesionales a un consultor, labores agrícolas y silvícolas, actividades empresariales en régimen de estimación objetiva (relacionadas con módulos sujetos a una retención del 1%), o derechos de propiedad intelectual o industrial.
  • Premios otorgados en participación de juegos, competiciones o sorteos.
  • Utilidades derivadas de la explotación forestal en áreas públicas.
  • Transferencia de derechos de uso de imagen.

Modelo 115: alquiler del local

El 20 de octubre también marca el plazo final para presentar el modelo 115, que se refiere a las retenciones por arrendamiento del tercer trimestre de 2022. Este trámite se aplica a todos los individuos autónomos, empresarios individuales o empresas que abonan alquileres por locales comerciales u oficinas.

Cualquier entidad, profesional autónomo o negocio que tenga en alquiler un local comercial debe presentar el modelo 115. No obstante, existen algunas situaciones excepcionales:

  • Si la renta no supera los 900 euros al año.
  • Si se trata de viviendas destinadas al alojamiento de sus empleados.
  • Si es un contrato de leasing (arrendamiento financiero).
  • Si el arrendador clasifica al arrendatario en una de las categorías del grupo 861 en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) relacionada con el alquiler de bienes inmuebles urbanos.

Modelo 123: financiación privada

El modelo 123 se utiliza para efectuar la liquidación de las deducciones y los adelantos a cuenta de ciertos ingresos provenientes de activos financieros o ciertas rentas si ha habido financiación privada para la actividad.

Modelo 130 o 131: IRPF fraccionado

Los modelos 130 y 131 representan adelantos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) destinados a prevenir que tengas un saldo pendiente de pago en tu declaración de impuestos como trabajador autónomo.

Cuando efectúas estos abonos, estás realizando pagos anticipados equivalentes al 20% del monto total de IRPF que sería exigible según los ingresos y gastos que hayas declarado en ese momento.

El modelo 130 se utiliza para la autodeterminación del adelanto periódico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que deben realizar todas las personas individuales que llevan a cabo actividades económicas mediante el método de estimación directa en su variante normal o simplificada.

El modelo 131 se utiliza igualmente para efectuar la liquidación periódica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), pero en esta ocasión, se aplica a los trabajadores autónomos que operan bajo el sistema de módulos o estimación objetiva.

Modelo 202: Impuesto de Sociedades

Están obligados a presentarlo todos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que superen una cifra de ingresos superior a los 6 millones de euros (sin importar el beneficio obtenido) y aquellos que, aunque no alcanzaron esa cifra en el ejercicio fiscal anterior, obtuvieron un resultado positivo. Es importante destacar que la presentación del Modelo 202 se efectúa únicamente a través de medios electrónicos.

Modelo 303: autoliquidación IVA, tercer trimestre de 2022

El modelo 303 constituye la declaración trimestral propia del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y está vinculado a la gran mayoría de los trabajadores autónomos. Dentro del período actual, que finaliza el 20 de octubre, los profesionales deben llevar a cabo la declaración trimestral del IVA correspondiente al tercer trimestre de 2022, que comprende los meses de julio, agosto y septiembre.

 

Esperamos que haya servido de gran ayuda este blog. Si tienes un despacho\ asesoría y deseas llevar todas las gestiones de tus clientes al día, no dudes en contar con un software como Sage Despacho.

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