Prácticas no laborales: cotización y claves para su gestión

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Las gestión de las prácticas no laborales o no remuneradas ha experimentado un notable cambio en 2024.

En este blog, definiremos las prácticas no laborales, y nos pondremos al día acerca de los cambios que ha habido para conseguir su gestión efectiva.

¿Qué son las prácticas no laborales?

Las prácticas no laborales o prácticas externas no retribuidas comprenden experiencias de aprendizaje o académicas externas integradas en programas de formación, disponibles para estudiantes universitarios y de formación profesional.

Los requisitos para llevar a cabo estas prácticas son:

  • Estar matriculado en la enseñanza que guarda relación con las competencias básicas, genéricas y/o específicas que el estudiante adquirirá durante la realización de la práctica.
  • No mantener ningún vínculo contractual con la entidad donde se llevarán a cabo las prácticas.

Legislación sobre prácticas no laborales en España

Las prácticas no remuneradas están reguladas por el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio. Este documento aborda varios temas, como el propósito de las prácticas, las entidades colaboradoras y sus destinatarios, los requisitos, las tutorías y el contenido de los convenios de cooperación educativa. Además, esta regulación busca fomentar la participación de estudiantes en prácticas tanto en el ámbito de las administraciones públicas como en el de las empresas privadas, promoviendo la empleabilidad de futuros profesionales y estimulando su capacidad emprendedora, creativa e innovadora.

Aquí te presentamos algunas características clave de las prácticas no remuneradas:

  • Duración según el Plan de Estudios: Las prácticas tendrán la duración establecida por el plan de estudios correspondiente.
  • Sin remuneración: Las personas que realicen estas prácticas no recibirán ningún tipo de remuneración económica.
  • Alta en la Seguridad Social: Es necesario realizar el alta en la Seguridad Social, con la correspondiente cotización de los participantes por contingencias comunes y profesionales. No hay obligación de cotizar por desempleo, formación profesional, FOGASA o el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
  • Supervisión y Tutoría: Se requiere la dirección y supervisión de un tutor durante el desarrollo de las prácticas, y al finalizar, se entregará un certificado que acredite la participación en las mismas.

¿Cómo cotizan las prácticas no laborales?

A partir del 1 de enero de 2024, entran en vigencia cambios relacionados con la cotización de prácticas, ya sean remuneradas o no. Estas modificaciones son parte del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.

En resumen, las novedades implican que ciertos estudiantes deberán darse de alta en la Seguridad Social y cotizar. Esto aplica a:

  • Alumnos Universitarios: Incluyendo aquellos que realizan prácticas para obtener títulos oficiales de grado, máster, doctorado, o títulos propios de la universidad, como máster de formación permanente, diploma de especialización o diploma de experto.
  • Alumnos de Formación Profesional: A excepción de aquellas prácticas realizadas en el régimen de formación profesional intensiva.

Es importante destacar que esta medida no transforma la relación de los estudiantes en prácticas con la empresa en una relación laboral. No se les considerará trabajadores por cuenta ajena según lo define el Estatuto de los Trabajadores, pero se les asimilará a efectos de cotización.

En el caso de prácticas no laborales, la responsabilidad de cumplir con las obligaciones de la Seguridad Social recae en la entidad u organismo que financia el programa de formación, actuando como un empleador. Esto es, a menos que el convenio o acuerdo de cooperación establezca que estas obligaciones recaerán en el centro de formación responsable de la oferta formativa.

Reglas cotización aplicables por quien asuma la condición de empresario

  • Obtener un Número de Seguridad Social, si no se tiene.
  • Informar a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el inicio o finalización de prácticas formativas no remuneradas.
  • Registrar los días efectivos de prácticas mensualmente en la Seguridad Social.
  • Sobre las cuotas de la Seguridad Social para 2024:- La cuota fija empresarial es de 2,54 euros por contingencias comunes y 0,31 euros por contingencias profesionales por cada día de prácticas.
    – Hay un límite mensual de 57,87 euros por contingencias comunes y 7,03 euros por contingencias profesionales.
    – El pago se efectuará trimestralmente mediante la Solicitud del Borrador a la Seguridad Social.
  • El empresario puede aplicar una reducción del 95 % a la cuota por contingencias comunes.
  • Existe el derecho a prestaciones por accidentes, nacimiento, cuidado del menor y riesgo durante el embarazo y la lactancia.

Cómo gestionar las prácticas no laborales

Para adaptarte eficientemente a las modificaciones normativas en prácticas laborales o no laborales, así como a otras novedades en la gestión de recursos humanos, es esencial contar con un software de nómina siempre actualizado.

Estas soluciones te permitirán gestionar de manera masiva y sin complicaciones las prácticas no laborales.

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